CLAUSULAS ABUSIVAS. CONSEJOS LEGALES.

¿Qué hago si en el resumen de cuenta de mi tarjeta de crédito encuentro gastos que no hice?
Hacé el reclamo. Para eso, mandá una nota antes de que pasen 30 días desde que recibiste el resumen de cuenta. En el resumen de cuenta deben indicarte el lugar donde debés enviar la nota con tu queja.
En la nota tenés que indicar los gastos con los que no estás de acuerdo y todo lo que sirva para aclarar el error.
La tarjeta tiene que responderte dentro de los 30 días. Si no estás de acuerdo con la respuesta que te da, rechazá esa respuesta dentro de los 7 días siguientes. Ley 25.065, Ley de tarjeta de crédito, Arts. 26 y sgtes.

Si encuentro errores en el resumen de la tarjeta de crédito, ¿tengo que pagar el resumen de cuenta?
No tenés que pagar los gastos con los que no estás de acuerdo, pero tenés que pagar el resto de los gastos. Ley 25.065, Ley de tarjeta de crédito, Art. 28.

¿Qué pasa si pagué gastos incluidos en mi tarjeta de crédito con los que no estoy de acuerdo?
Podés rechazar esos gastos aunque hayas pagado todo el resumen. Tenés que rechazarlos con una queja antes de que pasen 30 días desde que recibiste el resumen de cuenta. Ley 25.065, Ley de tarjeta de crédito, Art. 30.

¿Puedo usar la tarjeta de crédito mientras hago el reclamo por el resumen de cuenta que incluye gastos con los que no estoy de acuerdo?
Sí, podés usar la tarjeta mientras reclamás por los gastos que figuran en tu resumen de cuenta. Ley 25.065, Ley de tarjeta de crédito, Art. 28.

¿Pueden cobrarme una multa si me atraso en el pago de mi tarjeta de crédito?
No. Nunca pueden cobrarte una multa por atrasos en el pago de tu tarjeta de crédito.
Lo que sí pueden cobrarte son intereses. Ley 25.065, Ley de tarjeta de crédito, Art 14, inc. c).

¿Qué hago si perdí o me roban la tarjeta de crédito?
Avisá inmediatamente a la tarjeta de crédito. La ley la obliga a tener un sistema telefónico que reciba denuncias las 24 horas. Tienen que darte un número de denuncia.
La tarjeta de crédito debe informar a los comercios que tu tarjeta fue cancelada por robo o pérdida. Ley 25.065, Ley de tarjeta de crédito, Art. 26 y sgtes y Art 51.

¿Qué hago si perdí o me robaron la tarjeta y en el resumen de cuenta aparecen gastos que no hice?
Si en el resumen de cuenta te aparecen gastos que hicieron con tu tarjeta robada o perdida, tenés que reclamar por medio de una nota. Este reclamo tenés que hacerlo dentro de los 30 días desde que recibiste el resumen a la dirección que figura en el resumen de cuenta.
Si no estás de acuerdo con la respuesta que te dan, rechazala con otra nota dentro de los 7 días siguientes. Ley 25.065, Ley de tarjeta de crédito, Arts.26 y sgtes y Art 51.

¿Puedo dar de baja mi tarjeta de crédito aunque tenga deuda pendiente de pago?
Sí, podés dar de baja a tu tarjeta aunque tengas deudas pendientes. Hacelo a través de un medio que te permita probar el pedido de baja como, por ejemplo, una carta documento.
Tu deuda seguirá pendiente y la tarjeta podrá hacerte el reclamo, pero ya no te cobrarán gastos de mantenimiento. Ley 25.065, Ley de tarjeta de crédito, Art 11.