
CONTRATOS POR ADHESION. CONSEJOS LEGALES.
¿Qué son los contratos de adhesión?
Son contratos hechos por las empresas que venden productos u ofrecen servicios. Están redactados en formularios ya impresos.
Como son hechos por las empresas que venden u ofrecen sus servicios, la o el consumidor no tiene posibilidad de discutir las partes del contrato y sólo puede firmarlo o no firmarlo.
Por eso se llaman contratos de adhesión. Como todo contrato, los contratos de adhesión regulan los derechos y obligaciones de las partes que lo firman.
¿Tengo alguna posibilidad de conocer el contrato de adhesión antes del momento en que debo decidir si lo firmo o no?
Sí. La ley obliga a las empresas que hacen este tipo de contratos a:
• Publicarlos en su página web.
• Darle un modelo de contrato a cada consumidor que lo pida. Los consumidores no tienen que pagar nada por recibir un modelo. Los contratos tienen que estar a disposición en los locales comerciales.
• Mostrar en sus locales comerciales un cartel que debe decir: "Se encuentra a su disposición un ejemplar del modelo de contrato que propone la empresa a suscribir al momento de la contratación".
La publicación de los contratos de adhesión en la página web debe ser íntegra, clara y discriminada por cada modalidad, plan, producto o servicio. La información no puede remitir a otros documentos o sitios de internet.
Si los consumidores tienen un acceso particular o un usuario registrado en la página web del proveedor, debe estar disponible en el sitio el contrato firmado por el consumidor y las ofertas o promociones especiales que haya pactado.
¿Qué información puedo pedir antes de comprar un producto o servicio?
Tenés derecho a que el vendedor te informe sobre:
• Las características y detalles de calidad del producto, en forma clara y gratuita.
• Si el producto es peligroso para la salud.
• Cómo será prestado el servicio.
• El precio y las formas de pago.
• Si el producto que vas a comprar o el servicio que vas a contratar exige la firma de un contrato, deben mostrarte el contrato.
• La información debe ser siempre gratuita. Debe ser entregada en el soporte que el proveedor elija, salvo que prefieras el soporte físico, es decir: papel. Si no está determinado el modo en que se dará la información, deberá darse en soporte electrónico.
En sus sitios de internet, los proveedores deben informar las promociones y bonificaciones que ofrecen e indicar las fechas de comienzo y de finalización, sus modalidades, condiciones y limitaciones.