
JORNADA DE TRABAJO. CONSEJOS LEGALES.
¿Cuánto puede durar la jornada de trabajo?
8 horas diarias o 48 horas semanales, como máximo.
Si no trabajo la misma cantidad de horas todos los días, ¿cuánto es el máximo de horas diarias que debo cumplir?
No más de 9 horas por día. En total, tus jornadas no pueden sumar más de 48 hs. por semana. El día sábado, la jornada debe terminar a las 13:00 hs.
¿El tiempo de viaje hasta el trabajo, se computa dentro de la jornada?
NO. Salvo casos especiales que fija la ley.
¿A quienes se aplica?
• A todas las personas que trabajan para otros en el ámbito público o en el privado.
• La ley de jornada de trabajo se aplica también a las personas que trabajan en emprendimientos que no buscan ganancias, como las asociaciones sin fines de lucro.
¿A quiénes NO se aplica?
• Trabajadores agrarios y del servicio doméstico, porque tienen su propio régimen de jornada de trabajo.
• A quienes forma parte de la familia del jefe o dueño del establecimiento.